Nota del autor

Si la entrada que estás leyendo carece de imágenes, no se ve el vídeo que teóricamente lleva incrustado o el código fuente mostrado aparece sin formato, podéis conocer los motivos aquí. Poco a poco iré restableciendo la normalidad en el blog.
Este blog es un archivo de los artículos situados previamente en Lobosoft.es y ha dejado de ser actualizado. Las nuevas entradas pueden encontrarse en www.lobosoft.es. Un saludo,
Lobosoft.

domingo, 24 de octubre de 2010

Los cuatro principios éticos de Mason

Ha transcurrido casi un cuarto de siglo desde que Richard O. Mason publicara un artículo en el Management Information Systems Quarterly (en el nº 1 del volumen 10, en marzo de 1986) titulado “Cuatro Principios Éticos de la Era de la Información”. En él acuñó las siglas P.A.P.A. para referirse a los términos Privacy, Accuracy, Property y Accesibility. Aunque el alcance del artículo va mucho más allá de estos, planteándose la necesidad de un contrato social como medio para solucionar los problemas éticos que plantea el uso del ordenador en nuestros días. Este contrato, que se daría por consensuado de forma implícita en las relaciones entre los servicios de información y los individuos y grupos implicados (los generadores de información, sus usuarios y aquellos que resultasen afectados por la misma) estaría basado en los términos a que se refería Mason y que podríamos concretar como:
  • Privacidad (Privacy): se corresponde con el ámbito de la intimidad de las personas y su vida privada.
  • Exactitud (Accuracy): todo lo relacionado con las necesidades (y obligatoriedad) de tratar la información con exactitud, veracidad y objetividad.
  • Propiedad (Property): problemas relacionados con la propiedad intelectual de la información.
  • Accesibilidad (Accesibility): atañe a la regulación del uso de la informática: normas y límites aplicables en el acceso a la información.

La privacidad es un derecho básico en el uso de la información, ya que cada vez existen más medios para obtener información sobre los usuarios; sus datos personales, sus preferencias de compra o sus intereses, por ejemplo, constituyen además un preciado bien de intercambio entre las empresas, otros individuos o los propios gobiernos.

Aunque el uso de la informática para la gestión de la información debería ofrecer mayores garantías de exactitud en su proceso y puesta a disposición de los usuarios que otros métodos más tradicionales, lo cierto es que no siempre ocurre así. Este debería ser un derecho básico para estos y una obligación inexcusable para quienes proveen el servicio.

El derecho a la propiedad intelectual salvaguarda el trabajo de los creadores, regulando la copia ilegal de este mediante los mecanismos legales pertinentes. Herramientas como las patentes o el copyright sirven a este fin. Este derecho es uno de los más controvertidos, por ejemplo en lo tocante a los derechos de autor de obras artísticas (musicales, fílmicas, literarias…) y muy particularmente respecto al software (como ocurrió con las patentes del software en Europa). Es uno de los problemas éticos donde, con toda probabilidad, se genere un mayor debate y resulte más controvertida su aplicación, tendiéndose en ocasiones a “matar al mensajero”. Sin duda, hablaremos más adelante sobre ello en la bitácora.

Por último, el derecho de acceso quiere proteger el acceso a la información de forma libre por parte de los usuarios. Muchos datos que se encontraban disponibles en bibliotecas y hemerotecas, por ejemplo, pasan a formar parte de bases de datos comerciales y a limitarse su uso por parte de los usuarios (es uno de los miedos que despertó en su día, por ejemplo, el servicio de Google Books).

Resulta fácil establecer relaciones entre estos cuatro aspectos éticos y los diez mandamientos que vimos hace unos días, y entre ambos y los códigos deontológicos de muchas asociaciones de informáticos. A este respecto resulta de lo más interesante el texto introductorio de Porfirio Barroso titulado “Cuatro principios de ética en Internet”, cuya lectura recomiendo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario