Nota del autor

Si la entrada que estás leyendo carece de imágenes, no se ve el vídeo que teóricamente lleva incrustado o el código fuente mostrado aparece sin formato, podéis conocer los motivos aquí. Poco a poco iré restableciendo la normalidad en el blog.
Este blog es un archivo de los artículos situados previamente en Lobosoft.es y ha dejado de ser actualizado. Las nuevas entradas pueden encontrarse en www.lobosoft.es. Un saludo,
Lobosoft.
Mostrando entradas con la etiqueta ética informática. Mostrar todas las entradas
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martes, 30 de agosto de 2011

All Watched Over By Machines of Loving Grace




ALL WATCHED OVER BY MACHINES OF LOVING GRACE





I like to think (and
the sooner the better!)
of a cybernetic meadow
where mammals and computers
live together in mutually
programming harmony
like pure water
touching clear sky

I like to think
   (right now, please!)
of a cybernetic forest
filled with pines and electronics
where deer stroll peacefully
past computers as if they were flowers
with spinning blossoms.

I like to think
   (it has to be!)
of a cybernetic ecology
where we are free of our labors
and joined back to nature,
returned to our mammal
brothers and sisters,
and all watched over
by machines of loving grace.
    Me gusta pensar (¡y

cuanto antes, mejor!

en un prado cibernético

donde mamíferos y ordenadores

vivan juntos en mutua

armonía programada

como el agua pura

tocando el cielo despejado.



Me gusta pensar

     (¡ahora mismo, por favor!)

en un bosque cibernético

lleno de pinos y componentes electrónicos

donde los ciervos paseen tranquilos

entre las computadoras como si fueran flores

con pétalos que giran.



Me gusta pensar

    (¡tiene que ser!)

en una ecología cibernética

donde seamos liberados del trabajo

y volvamos a la naturaleza,

retornando a nuestros

hermanas y hermanos mamíferos,

vigilados todos

por las máquinas de amor y gracia. 





Richard Brautigan

miércoles, 8 de diciembre de 2010

La terrible revelación de WikiLeaks

Entrada publicada originariamente en el blog Andanzas de un Trotalomas bajo el mismo título.


Ayer mismo escribía de forma somera acerca de las implicaciones que han tenido las filtraciones de las comunicaciones gubernamentales que ha hecho públicas WikiLeaks y la caza de brujas a que ha sido sometido Julian Assange a raíz de este hecho. Afirmaba entonces que WikiLeaks, en el que se ha dado en llamar CableGate, no revelaba nada que no se supiese ya o, al menos, fuese fácilmente imaginable. Horas después, sin embargo, era apresado finalmente Assange y puesto a disposición de las autoridades (ojo, no escribo justicia, porque eso está por ver), lo que me ha hecho reflexionar sobre WikiLeaks y sobre la verdadera y terrible revelación que nos ha hecho.

Julian Assange era buscado porque pesaban sobre él dos denuncias de abusos sexuales interpuestas por dos mujeres, Anna Ardin y Sofia Wilen, que habían mantenido relaciones con el activista de forma consentida hasta que, presuntamente, este había dejado de lado los deseos de aquellas y había prescindido del uso del preservativo. Así que tenemos una serie de pruebas que relacionan a Assange con Ardin y Wilen, y la palabra de estas dos contra la de aquel sobre la aquiescencia existente en su intercambio sexual. Que después de la denunciada violación ambas mujeres siguiesen en contacto con Assange, desayunando cordialmente con él una de ellas y acompañándole en público la otra, es algo que deberá estudiar el juez que dicte sentencia sobre un caso que ya fue denunciado y dado por cerrado en su día al considerar el propio fiscal que no existían fundamentos para sospechar de una violación. Si Assange es culpable de algo a este respecto debería pagar con la pena correspondiente. De no serlo, habría que estudiar si esas mujeres no incurrieron en un delito de violencia de sexo, usando este además como arma arrojadiza, y llevarlas ante los tribunales.
Pero WikiLeaks no es Assange, como parecen pretendernos hacer creer. Las causas abiertas contra este nada tienen que ver con los documentos publicados por la organización. Nada, más allá de la maniobra de distracción y campaña de desprestigio que están suponiendo, claro. Las revelaciones de WikiLeaks no han puesto en juego la vida de nadie, que se sepa, pero sí han puesto en entredicho la seguridad de los sistemas informáticos estadounidenses y hecho visibles las complejas interacciones de la diplomacia internacional. Como ya dije, no revelan nada que no se supiese con anterioridad; una cadena es tan fuerte como el más débil de sus eslabones, y en la seguridad de los sistemas informáticos hay que tener siempre en cuenta el factor humano. Y que en el juego diplomático y político la hipocresía está a la orden del día no es algo que sorprenda a nadie hoy día.

¿A qué tanto ruido, entonces?
El lenguaje político está diseñado para hacer que las mentiras suenen verdaderas y el asesinato respetable, y para dar una apariencia de consistencia al puro viento.George Orwell.
WikiLeaks ha venido a demostrar que los gobiernos no son intocables y que Internet, con sus autopistas de la información, no se puede someter tan fácilmente como algunos quisieran. Esas vías de comunicación que hacen posible hoy día que los mercados internacionales arrojen importantes dividendos a empresas transnacionales que se encuentran, en muchos casos, por encima de las leyes de los países en los que operan y que pertenecen o poseen a los amos del mundo, esas vías, decía, permiten que la información circule aun a pesar de las trabas que se le intenten poner. WikiLeaks ha caído de los servidores de varias importantes compañías, se han cortado sus recursos financieros pero la comunidad, la ciudadanía, ha mantenido vivos "sitios espejo” o mirrors desde los que es posible seguir accediendo a la información. Incluso los cuestionables actos de ataque a sitios web de empresas que han boicoteado a WikiLeaks no suponen otra cosa que la disconformidad global con la persecución a que han sometido, desde su intocable posición, los gobiernos a la página de esta organización.

Pero decía que WikiLeaks sí que ha hecho una terrible revelación. Realmente no es así, sino que han sido los propios gobiernos los que, en su afán de persecución, han revelado su faz. El intelectual Noam Chomsky ha firmado, junto a intelectuales australianos, una carta abierta dirigida al primer ministro de Australia instándole a realizar una “fuerte declaración de apoyo a Julian Assange”, asegurándose además de que este reciba los derechos y protección que le correspondan. Cuando personas tan reconocidas como Chomsky y los demás firmantes de la carta, cuando los ciudadanos temen tan a las claras por la integridad física del detenido, recordemos, por un gobierno que se quiere democrático y que quiso ser referente de libertades y oportunidades para el resto del planeta, algo va mal.

La terrible revelación de WikiLeaks es que da igual que hicieran pública información del gobierno norteamericano, que no importa que se haya llevado a cabo una “caza del hombre” para encubrir la de la organización, ni tan siquiera que parezca darles igual mostrarse tal cual son en este caso. La revelación es que no están dispuestos a ser cuestionados, ni a que la ciudadanía reivindique transparencia. Quieren seguir en sus tronos dorados de amos del mundo a costa de todo y de todos, porque, como ha dicho el republicano McConnel sobre Assange: "Creo que el tipo es un terrorista de alta tecnología. Ha hecho un daño enorme a nuestro país y creo que necesita ser perseguido con toda la fuerza de la ley. Y si eso se convierte en un problema, entonces habrá que cambiar la ley".

Hoy me permito dejaros con un par de canciones que, creo, vienen al caso. "Tierra de nadie", de Barón Rojo, cuya letra os recomiendo escuchar tras leer la entrada, e "Imagine", de John Lennon, que murió asesinado tal día como hoy, treinta años atrás, y que parece más utópica que nunca.

Salud.

Más información en:

martes, 7 de diciembre de 2010

La larga marcha

Entrada publicada originariamente en el blog Lobosoft bajo el mismo título.

Han transcurrido algunos años desde que leí una obra de Stephen King titulada La larga marcha. Realmente, el libro fue publicado en su día bajo el seudónimo de Richard Bachman y no se puede decir que se encuentre, ciertamente, entre lo mejor de la prolífica producción del escritor. Estas últimas semanas me ha venido a la memoria “la caza del hombre televisada” que se narraba en sus páginas, con la salvedad de que además del hombre hoy se está intentando capturar la información y, para ello, ya que no es posible ponerle puertas al campo (en nuestro caso, a Internet), se intenta dejarla fuera del tablero de juego. Hablo, como no podía ser de otra forma, de WikiLeaks y de su actual director, Julian Assange.
En los tiempos que corren parece no resultar inusual comprobar cómo una entidad admirada pasa a convertirse para los amos del mundo en, hipotéticamente, un grupo de criminales. Todo por decirnos lo que ya sabíamos o, al menos, intuíamos; que las corruptelas políticas están a la orden del día, que los derechos humanos no se respetan en zonas en guerra o que están siendo "pacificadas", que la diplomacia ya tenía un nombre, hipocresía, y que los que manejan el cotarro no quieren que nadie les estropee la fiesta que se han montado.
La persecución a que están sometiendo a Assange, que teme por su vida, ha derivado en una acusación de abusos sexuales en Suecia. Curiosamente es algo que no se investigó antes y que ahora sale a la luz, pero, independientemente de si el australiano resulta culpable o no -algo que solo podrá decidir un juez, en todo caso-, lo que está claro es que se trata de un intento de desprestigio de la organización a través de su cabeza visible y un desvío de la atención mediática sobre lo que está en juego: la neutralidad de la red y la libre circulación de información.
Respecto a la forma en que WikiLeaks ha publicado la información, podremos estar de acuerdo o no, pero no creo que sea actualmente lo realmente importante o, al menos, el debate que está sobre la mesa. Tal vez podría haber filtrado la información realmente importante antes de ser publicada (total, lo que opine el embajador estadounidense de nuestros políticos es pecata minuta frente a los gusarapos que suelta sobre ellos la oposición), y ciertamente existen datos que no deberían ser liberados con ligereza; a nadie le gustaría que sus datos personales o de su intimidad estuviesen disponibles libremente por la red pero, cuando se trata de información que nos atañe a todos, al ser emitida por quienes dudosamente nos representan y gustosamente nos gobiernan, sí que debería existir una mayor transparencia por su parte. En el caso particular de los cables diplomáticos, de no existir información trascendental detrás de los mismos, no aportan nada valioso y tal vez deberían haber sido omitidos para no interferir en la comunicación entre estos países, pero sí que resulta vital conocer el trato que se da a los civiles en Irak, por ejemplo.
A partir de ahora, habrá que pensarse si comprar libros en Amazon es una buena opción y si pagar la compra a través de PayPal no resulta incompatible con nuestros principios, habida cuenta de que los primeros expulsaron a WikiLeaks del "asilo" que suponían sus servidores a la primera de cambio y que la segunda compañía cerró la cuenta que mantenía la organización para recibir donativos. Los Gobiernos gestionan nuestros datos, pero ahora también tenemos los suyos a nuestra disposición. Y el futuro de Internet se está decidiendo ante nuestros ojos.
Os dejo con una recopilación de interesantes enlaces relacionados con este tema:
Actualización a 8 de diciembre de 2010:
Añado un enlace más de mi autoría, tras la detención de Julian Assange:

La larga marcha

Han transcurrido algunos años desde que leí una obra de Stephen King titulada La larga marcha. Realmente, el libro fue publicado en su día bajo el seudónimo de Richard Bachman y no se puede decir que se encuentre, ciertamente, entre lo mejor de la prolífica producción del escritor. Estas últimas semanas me ha venido a la memoria “la caza del hombre televisada” que se narraba en sus páginas, con la salvedad de que además del hombre hoy se está intentando capturar la información y, para ello, ya que no es posible ponerle puertas al campo (en nuestro caso, a Internet), se intenta dejarla fuera del tablero de juego. Hablo, como no podía ser de otra forma, de WikiLeaks y de su actual director, Julian Assange.

En los tiempos que corren parece no resultar inusual comprobar cómo una entidad admirada pasa a convertirse para los amos del mundo en, hipotéticamente, un grupo de criminales. Todo por decirnos lo que ya sabíamos o, al menos, intuíamos; que las corruptelas políticas están a la orden del día, que los derechos humanos no se respetan en zonas en guerra o que están siendo "pacificadas", que la diplomacia ya tenía un nombre, hipocresía, y que los que manejan el cotarro no quieren que nadie les estropee la fiesta que se han montado.

La persecución a que están sometiendo a Assange, que teme por su vida, ha derivado en una acusación de abusos sexuales en Suecia. Curiosamente es algo que no se investigó antes y que ahora sale a la luz, pero, independientemente de si el australiano resulta culpable o no -algo que solo podrá decidir un juez, en todo caso-, lo que está claro es que se trata de un intento de desprestigio de la organización a través de su cabeza visible y un desvío de la atención mediática sobre lo que está en juego: la neutralidad de la red y la libre circulación de información.

Respecto a la forma en que WikiLeaks ha publicado la información, podremos estar de acuerdo o no, pero no creo que sea actualmente lo realmente importante o, al menos, el debate que está sobre la mesa. Tal vez podría haber filtrado la información realmente importante antes de ser publicada (total, lo que opine el embajador estadounidense de nuestros políticos es pecata minuta frente a los gusarapos que suelta sobre ellos la oposición), y ciertamente existen datos que no deberían ser liberados con ligereza; a nadie le gustaría que sus datos personales o de su intimidad estuviesen disponibles libremente por la red pero, cuando se trata de información que nos atañe a todos, al ser emitida por quienes dudosamente nos representan y gustosamente nos gobiernan, sí que debería existir una mayor transparencia por su parte. En el caso particular de los cables diplomáticos, de no existir información trascendental detrás de los mismos, no aportan nada valioso y tal vez deberían haber sido omitidos para no interferir en la comunicación entre estos países, pero sí que resulta vital conocer el trato que se da a los civiles en Irak, por ejemplo.

A partir de ahora, habrá que pensarse si comprar libros en Amazon es una buena opción y si pagar la compra a través de PayPal no resulta incompatible con nuestros principios, habida cuenta de que los primeros expulsaron a WikiLeaks del "asilo" que suponían sus servidores a la primera de cambio y que la segunda compañía cerró la cuenta que mantenía la organización para recibir donativos. Los Gobiernos gestionan nuestros datos, pero ahora también tenemos los suyos a nuestra disposición. Y el futuro de Internet se está decidiendo ante nuestros ojos.

Os dejo con una recopilación de interesantes enlaces relacionados con este tema:
Actualización a 8 de diciembre de 2010:
Añado un enlace más, tras la detención de Julian Assange:

domingo, 24 de octubre de 2010

Los cuatro principios éticos de Mason

Ha transcurrido casi un cuarto de siglo desde que Richard O. Mason publicara un artículo en el Management Information Systems Quarterly (en el nº 1 del volumen 10, en marzo de 1986) titulado “Cuatro Principios Éticos de la Era de la Información”. En él acuñó las siglas P.A.P.A. para referirse a los términos Privacy, Accuracy, Property y Accesibility. Aunque el alcance del artículo va mucho más allá de estos, planteándose la necesidad de un contrato social como medio para solucionar los problemas éticos que plantea el uso del ordenador en nuestros días. Este contrato, que se daría por consensuado de forma implícita en las relaciones entre los servicios de información y los individuos y grupos implicados (los generadores de información, sus usuarios y aquellos que resultasen afectados por la misma) estaría basado en los términos a que se refería Mason y que podríamos concretar como:
  • Privacidad (Privacy): se corresponde con el ámbito de la intimidad de las personas y su vida privada.
  • Exactitud (Accuracy): todo lo relacionado con las necesidades (y obligatoriedad) de tratar la información con exactitud, veracidad y objetividad.
  • Propiedad (Property): problemas relacionados con la propiedad intelectual de la información.
  • Accesibilidad (Accesibility): atañe a la regulación del uso de la informática: normas y límites aplicables en el acceso a la información.

La privacidad es un derecho básico en el uso de la información, ya que cada vez existen más medios para obtener información sobre los usuarios; sus datos personales, sus preferencias de compra o sus intereses, por ejemplo, constituyen además un preciado bien de intercambio entre las empresas, otros individuos o los propios gobiernos.

Aunque el uso de la informática para la gestión de la información debería ofrecer mayores garantías de exactitud en su proceso y puesta a disposición de los usuarios que otros métodos más tradicionales, lo cierto es que no siempre ocurre así. Este debería ser un derecho básico para estos y una obligación inexcusable para quienes proveen el servicio.

El derecho a la propiedad intelectual salvaguarda el trabajo de los creadores, regulando la copia ilegal de este mediante los mecanismos legales pertinentes. Herramientas como las patentes o el copyright sirven a este fin. Este derecho es uno de los más controvertidos, por ejemplo en lo tocante a los derechos de autor de obras artísticas (musicales, fílmicas, literarias…) y muy particularmente respecto al software (como ocurrió con las patentes del software en Europa). Es uno de los problemas éticos donde, con toda probabilidad, se genere un mayor debate y resulte más controvertida su aplicación, tendiéndose en ocasiones a “matar al mensajero”. Sin duda, hablaremos más adelante sobre ello en la bitácora.

Por último, el derecho de acceso quiere proteger el acceso a la información de forma libre por parte de los usuarios. Muchos datos que se encontraban disponibles en bibliotecas y hemerotecas, por ejemplo, pasan a formar parte de bases de datos comerciales y a limitarse su uso por parte de los usuarios (es uno de los miedos que despertó en su día, por ejemplo, el servicio de Google Books).

Resulta fácil establecer relaciones entre estos cuatro aspectos éticos y los diez mandamientos que vimos hace unos días, y entre ambos y los códigos deontológicos de muchas asociaciones de informáticos. A este respecto resulta de lo más interesante el texto introductorio de Porfirio Barroso titulado “Cuatro principios de ética en Internet”, cuya lectura recomiendo.

Los cuatro principios éticos de Mason

Entrada publicada originariamente en el blog Informática, sociedad y medio ambiente bajo el mismo título.

Ha transcurrido casi un cuarto de siglo desde que Richard O. Mason publicara un artículo en el Management Information Systems Quarterly (en el nº 1 del volumen 10, en marzo de 1986) titulado “Cuatro Principios Éticos de la Era de la Información”. En él acuñó las siglas P.A.P.A. para referirse a los términos Privacy, Accuracy, Property y Accesibility. Aunque el alcance del artículo va mucho más allá de estos, planteándose la necesidad de un contrato social como medio para solucionar los problemas éticos que plantea el uso del ordenador en nuestros días. Este contrato, que se daría por consensuado de forma implícita en las relaciones entre los servicios de información y los individuos y grupos implicados (los generadores de información, sus usuarios y aquellos que resultasen afectados por la misma) estaría basado en los términos a que se refería Mason y que podríamos concretar como:
  • Privacidad (Privacy): se corresponde con el ámbito de la intimidad de las personas y su vida privada.
  • Exactitud (Accuracy): todo lo relacionado con las necesidades (y obligatoriedad) de tratar la información con exactitud, veracidad y objetividad.
  • Propiedad (Property): problemas relacionados con la propiedad intelectual de la información.
  • Accesibilidad (Accesibility): atañe a la regulación del uso de la informática: normas y límites aplicables en el acceso a la información.
La privacidad es un derecho básico en el uso de la información, ya que cada vez existen más medios para obtener información sobre los usuarios; sus datos personales, sus preferencias de compra o sus intereses, por ejemplo, constituyen además un preciado bien de intercambio entre las empresas, otros individuos o los propios gobiernos.
Aunque el uso de la informática para la gestión de la información debería ofrecer mayores garantías de exactitud en su proceso y puesta a disposición de los usuarios que otros métodos más tradicionales, lo cierto es que no siempre ocurre así. Este debería ser un derecho básico para estos y una obligación inexcusable para quienes proveen el servicio.
El derecho a la propiedad intelectual salvaguarda el trabajo de los creadores, regulando la copia ilegal de este mediante los mecanismos legales pertinentes. Herramientas como las patentes o el copyright sirven a este fin. Este derecho es uno de los más controvertidos, por ejemplo en lo tocante a los derechos de autor de obras artísticas (musicales, fílmicas, literarias…) y muy particularmente respecto al software (como ocurrió con las patentes del software en Europa). Es uno de los problemas éticos donde, con toda probabilidad, se genere un mayor debate y resulte más controvertida su aplicación, tendiéndose en ocasiones a “matar al mensajero”. Sin duda, hablaremos más adelante sobre ello en la bitácora.
Por último, el derecho de acceso quiere proteger el acceso a la información de forma libre por parte de los usuarios. Muchos datos que se encontraban disponibles en bibliotecas y hemerotecas, por ejemplo, pasan a formar parte de bases de datos comerciales y a limitarse su uso por parte de los usuarios (es uno de los miedos que despertó en su día, por ejemplo, el servicio de Google Books).
Resulta fácil establecer relaciones entre estos cuatro aspectos éticos y los diez mandamientos que vimos hace unos días, y entre ambos y los códigos deontológicos de muchas asociaciones de informáticos. A este respecto resulta de lo más interesante el texto introductorio de Porfirio Barroso titulado “Cuatro principios de ética en Internet”, cuya lectura recomiendo.

viernes, 15 de octubre de 2010

Los diez mandamientos

En la entrada anterior realizaba una breve introducción acerca de la necesidad de elaborar un código ético que sirva de guía a las decisiones que los profesionales de las nuevas tecnologías y, en particular, de la informática deben adoptar cuando llevan a cabo su trabajo. Como parte de esta “ética informática” cabría destacar la que los usuarios de la tecnología manifestarían durante el aprovechamiento de la misma. Al final del artículo aparecía un listado de “Los 10 mandamientos de la ética informática” que publicase en su día el Instituto de Ética e Informática en un intento de formalizar unos criterios mínimos a tener en cuenta al establecer un código de conducta para el uso de la informática.

Resulta a todas luces manifiesto, tal y como se apunta, que “los diez mandamientos” pretenden simplemente establecer unas líneas generales sobre las que trazar un código ético mucho más elaborado. Ni todos ellos tienen la misma importancia, ni son exhaustivos ni, tan siquiera, infalibles. Sin embargo, dada la difusión que han tenido a lo largo del tiempo en Internet, he creído interesante profundizar un poco más en ellos, en su alcance y limitaciones. Veámoslos en detalle.

  1. No usarás una computadora para dañar a otros seres humanos:
    (Thou shalt not use a computer to harm other people)
    Este primer “mandamiento” puede parecer demasiado evidente pero no lo es. Por un lado, al igual que no es ético destruir la biblioteca de una persona tampoco lo será borrar o dañar sus archivos informáticos o invadir su privacidad. ¿Y si no es ético construir un misil que matará personas lo es acaso más el software que controla la lanzadera desde el que será disparado?

    Además, las implicaciones de esta premisa deberían ir más allá. Los daños al medio ambiente durante la producción de los ordenadores y la eliminación de residuos y equipos obsoletos implican un menoscabo de la calidad medioambiental y de la salud de muchas personas. Esto forma parte del concepto de “ecología en la sombra” que el profesor de ciencia política Peter Dauvergne definiese en su obra Shadows in the Forest. Japan and the Politics of Timber in Southeast Asia y que se refiere al impacto medioambiental que unos países llevan a cabo en otros y que a menudo no se hace visible en las formas de contabilización y valoración habituales.

  2. No interferirás en el trabajo del ordenador de otras personas:
    (Thou shalt not interfere with other people's computer work)
    Lo que implica no interrumpir la ejecución del software, interferir en el buen funcionamiento de los equipos ajenos o degradar el rendimiento de sus sistemas informáticos. Aquí podríamos incluir el uso de virus informáticos, troyanos y otro malware.

  3. No accederás a los archivos informáticos de otros individuos:
    (Thou shalt not snoop around in other people's files)
    Este mandamiento protege la privacidad de las personas y se extiende tanto al acceso como a la no destrucción o manipulación de la información. También abarca el mal uso de cuentas de usuario en los sistemas (acceder con cuentas ajenas, permitir a otros usuarios el uso de la propia o la gestión de contraseñas), el acceso al correo electrónico ajeno, que sería igual de poco ético que leer su correspondencia “tradicional”, etcétera. Para la protección de la información puede recurrirse a las técnicas de cifrado, por lo que volvemos a citar el ámbito de la seguridad informática como garante de los derechos de los usuarios de la informática.

    Sin embargo, tanto este como el anterior plantean también un dilema ético. ¿Qué ocurre con los sistemas informáticos y los datos de organizaciones criminales? ¿Y si mediante estas herramientas informáticas se están vulnerando otros mandamientos, por ejemplo al estar siendo usadas para dañar a otras personas? Comenzamos a ver cómo, al igual que en otros campos, mantener una conducta adecuada va a depender de la situación en que nos veamos involucrados.

  4. No utilizarás un ordenador para perpetrar un robo:
    (Thou shalt not use a computer to steal)
    Abarca tanto la vulneración de leyes en contra de la apropiación indebida de dinero o recursos materiales como la copia o distribución de datos informáticos o software.

  5. No utilizarás un ordenador para dar falso testimonio:
    (Thou shalt not use a computer to bear false witness)
    Internet pone al alcance de sus usuarios una cantidad ingente de información que puede ser tanto verdadera como no. La mentira, en este medio, puede propagarse tan rápido como la verdad, y difundir a través de la Red información falsa lleva a la “desinformación” de los usuarios.

    Es más, la difusión de rumores falsos sobre una persona (física o jurídica) o hecho histórico puede provocar daños muy graves. La difamación y la falsa propaganda sobre acontecimientos históricos son actos denostables, pero no lo son menos la difusión de rumores no probados (¿cuántas veces no habrá recibido el lector correos electrónicos informando que se le va a cobrar un importe por el uso del servicio de e-mail o cartas “en cadena”?) o la descarga y almacenamiento de archivos o mensajes obscenos, denigrantes o amenazantes (pornografía infantil, hoaxes como la “estafa a la nigeriana”, …).

    Una vez más se nos plantea un dilema. ¿Qué ocurre si el falso testimonio es usado para desviar la atención y evitar un daño aún mayor? Abundaremos en el tema en futuras entradas pero, por ejemplo, es a lo que se dedican empresas que “inundan” internet con información benigna sobre usuarios cuya imagen en la red ha sido dañada (por propia inconsciencia o por una tercera persona). Por otro lado, ¿es lícito propagar información falsa que beneficie a una persona? Pensemos que este beneficio puede ir en menoscabo de posibles competidores, lo que nos llevaría a pensar en nuestro primer mandamiento aunque esté siendo vulnerado de forma indirecta.

  6. No copiarás o usarás software propietario por el que no hayas pagado:
    (Thou shalt not use or copy software for which you have not paid)
    El software es un producto intelectual y como tal queda “protegido” también por el mandamiento octavo de la lista que nos ocupa. Al igual que como los libros (aunque con las peculiaridades de cada cual), la obtención de copias ilegales de software con derechos de autor podría equipararse a la fotocopia un libro con derechos de autor. En ambos casos las leyes en protegen a quienes ostentan los derechos de propiedad intelectual, por lo que queda salvaguardado de cualquier uso de estos recursos en que se viole la ley (uso, copia o transmisión no autorizada del software). La protección del software en este caso puede darse mediante la inclusión de códigos de activación, uso de hardware de protección… Las imágenes pueden contener marcas de agua y la música o películas hacer uso de tecnología DRM (Digital Rights Management).

    Frente a esto cabría preguntarse si por el software que usamos ha sido desarrollado cumpliendo con estas premisas éticas que presentamos. Las patentes de software vulneran, en ocasiones, licencias de uso de software libre sin que pueda llegar a demostrarse o permiten a las compañías apropiarse del trabajo de desarrolladores anónimos. En el coste económico del software pueden incluirse los de licencias de funcionalidades que no vayamos a usar (por ejemplo, un ordenador en un almacén con un sistema operativo de código cerrado que reproduzca formatos de audio o vídeo que nunca van a ser reproducidos y por los cuales, sin embargo, se ha pagado una cierta cantidad). ¿En ese caso es lícito que la casa de software cobre un elevado importe por su producto? ¿Hasta qué punto permitiría ser personalizado y, por tanto, ajustado su coste al usuario?

    Ante esta situación el software libre cobra una importancia crucial. Además de estar inspirado en unas sólidas bases éticas (hablaremos sobre ello en un futuro) permite a los usuarios gestionar su propio software y no permanecer atado a los intereses de una determinada empresa.

  7. No usarás los recursos computacionales de otras personas sin autorización o una compensación adecuada:(Thou shalt not use other people's computer resources without authorization)
    En este mandamiento quedarían englobadas las técnicas de hacking o el uso de información obtenida, por ejemplo, de Internet, sin hacer referencia a las fuentes y autoría de la misma.

    Un dilema ético que podrían presentarse aquí sería, por ejemplo, tener que acceder a un sistema informático ante una emergencia para prevenir daños mayores.

  8. No te apropiarás del trabajo intelectual de otras personas:
    (Thou shalt not appropriate other people's intellectual output)
    Engloba aspectos tan variados como el plagio (apropiarse del trabajo de otros sin dar crédito a su autor), el envío de comunicaciones personales sin el consentimiento del autor (dar difusión a comunicaciones privadas) o distribuir el código fuente del software en el que está trabajando un desarrollador cuando sea, por ejemplo, para su empresa.

    Ben Fairweather, en su documento “Commentary on the Ten Commandments of Computer Ethics” (que ha constituido una fuente de inspiración para este artículo) presenta un interesante dilema: ¿qué ocurre si tiene una idea brillante que puede producir grandes beneficios sociales pero que no se tomará en serio si el verdadero autor es desconocido? Al apropiarse de su producción intelectual y ser publicada la sociedad en su conjunto se beneficiará sustancialmente. ¿Esto legitima a quien pueda darle difusión a apropiarse del trabajo? Personalmente pienso que en este caso sería más conveniente respaldar la idea de este creador anónimo mediante un adecuado mecenazgo que la ponga en valor sin restarle las debidas atribuciones.

  9. Reflexionarás sobre las consecuencias sociales del programa que estás escribiendo o el sistema que estás diseñando:
    (Thou shalt think about the social consequences of the program you write)
    Podríamos relacionarlo con el quinto mandamiento y el uso indebido de la tecnología, por ejemplo, para dar difusión a contenidos denigrantes o que puedan dañar al destinatario. Ahmet Celal Cem Say en su documento “Introduction to Computing” para un curso impartido por su departamento en la Universidad de Boğaziçi (en Estambul) presenta un ejemplo de esto último:

    For example, if you are working for an animation house, and are producing animated films for children, you are responsible for their contents. Do the animations include scenes that can be harmful to children? In the United States, the Communications Decency Act was an attempt by lawmakers to ban certain types of content from Internet websites to protect young children from harmful material. That law was struck down because it violated the free speech principles in that country's constitution. The discussion, of course, is going on.
    Aquí, a mi parecer, entramos en el campo de la responsabilidad ética (que no culpabilidad) de nuestras acciones. El debate entre los mandamientos de ética informática, el derecho de expresión o la “Hacking communities constitution” ha estado siempre presente y, por supuesto, se ofrece a múltiples interpretaciones. Sin embargo, creo que estas discusiones tienden a enriquecer la comprensión del tema siempre controvertido del alcance de los derechos y deberes de los individuos. En las referencias al final de la entrada es posible encontrar más información sobre este debate.

  10. Usarás siempre tu ordenador de forma que asegure la consideración y el respeto hacia quienes te rodean:
    (Thou shalt use a computer in ways that show consideration and respect)

    Por ejemplo, no acaparando los recursos de un sistema informático: usando todas las conexiones o el ancho de banda de una red, interfiriendo en las de los demás para conseguir mayores privilegios, etc.
Aunque sea a grandes rasgos y con las limitaciones que impone no extender demasiado una entrada que se ha alargado más de lo que habría deseado, espero que esta introducción haya resultado de vuestro interés y despierte, cómo no, un debate que será a buen seguro tan enriquecedor como interesante.

Para saber más:

Los diez mandamientos

Entrada publicada originariamente en el blog Informática, sociedad y medio ambiente bajo el mismo título.

En una entrada anterior realizaba una breve introducción acerca de la necesidad de elaborar un código ético que sirva de guía a las decisiones que los profesionales de las nuevas tecnologías y, en particular, de la informática deben adoptar cuando llevan a cabo su trabajo. Como parte de esta “ética informática” cabría destacar la que los usuarios de la tecnología manifestarían durante el aprovechamiento de la misma. Al final del artículo aparecía un listado de “Los 10 mandamientos de la ética informática” que publicase en su día el Instituto de Ética e Informática en un intento de formalizar unos criterios mínimos a tener en cuenta al establecer un código de conducta para el uso de la informática.

Resulta a todas luces manifiesto, tal y como se apunta, que “los diez mandamientos” pretenden simplemente establecer unas líneas generales sobre las que trazar un código ético mucho más elaborado. Ni todos ellos tienen la misma importancia, ni son exhaustivos ni, tan siquiera, infalibles. Sin embargo, dada la difusión que han tenido a lo largo del tiempo en Internet, he creído interesante profundizar un poco más en ellos, en su alcance y limitaciones. Veámoslos en detalle.

  1. No usarás una computadora para dañar a otros seres humanos:
    (Thou shalt not use a computer to harm other people)
    Este primer “mandamiento” puede parecer demasiado evidente pero no lo es. Por un lado, al igual que no es ético destruir la biblioteca de una persona tampoco lo será borrar o dañar sus archivos informáticos o invadir su privacidad. ¿Y si no es ético construir un misil que matará personas lo es acaso más el software que controla la lanzadera desde el que será disparado?

    Además, las implicaciones de esta premisa deberían ir más allá. Los daños al medio ambiente durante la producción de los ordenadores y la eliminación de residuos y equipos obsoletos implican un menoscabo de la calidad medioambiental y de la salud de muchas personas. Esto forma parte del concepto de “ecología en la sombra” que el profesor de ciencia política Peter Dauvergne definiese en su obra Shadows in the Forest. Japan and the Politics of Timber in Southeast Asia y que se refiere al impacto medioambiental que unos países llevan a cabo en otros y que a menudo no se hace visible en las formas de contabilización y valoración habituales.

  2. No interferirás en el trabajo del ordenador de otras personas:
    (Thou shalt not interfere with other people's computer work)
    Lo que implica no interrumpir la ejecución del software, interferir en el buen funcionamiento de los equipos ajenos o degradar el rendimiento de sus sistemas informáticos. Aquí podríamos incluir el uso de virus informáticos, troyanos y otro malware.

  3. No accederás a los archivos informáticos de otros individuos:
    (Thou shalt not snoop around in other people's files)
    Este mandamiento protege la privacidad de las personas y se extiende tanto al acceso como a la no destrucción o manipulación de la información. También abarca el mal uso de cuentas de usuario en los sistemas (acceder con cuentas ajenas, permitir a otros usuarios el uso de la propia o la gestión de contraseñas), el acceso al correo electrónico ajeno, que sería igual de poco ético que leer su correspondencia “tradicional”, etcétera. Para la protección de la información puede recurrirse a las técnicas de cifrado, por lo que volvemos a citar el ámbito de la seguridad informática como garante de los derechos de los usuarios de la informática.

    Sin embargo, tanto este como el anterior plantean también un dilema ético. ¿Qué ocurre con los sistemas informáticos y los datos de organizaciones criminales? ¿Y si mediante estas herramientas informáticas se están vulnerando otros mandamientos, por ejemplo al estar siendo usadas para dañar a otras personas? Comenzamos a ver cómo, al igual que en otros campos, mantener una conducta adecuada va a depender de la situación en que nos veamos involucrados.

  4. No utilizarás un ordenador para perpetrar un robo:
    (Thou shalt not use a computer to steal)
    Abarca tanto la vulneración de leyes en contra de la apropiación indebida de dinero o recursos materiales como la copia o distribución de datos informáticos o software.

  5. No utilizarás un ordenador para dar falso testimonio:
    (Thou shalt not use a computer to bear false witness)
    Internet pone al alcance de sus usuarios una cantidad ingente de información que puede ser tanto verdadera como no. La mentira, en este medio, puede propagarse tan rápido como la verdad, y difundir a través de la Red información falsa lleva a la “desinformación” de los usuarios.

    Es más, la difusión de rumores falsos sobre una persona (física o jurídica) o hecho histórico puede provocar daños muy graves. La difamación y la falsa propaganda sobre acontecimientos históricos son actos denostables, pero no lo son menos la difusión de rumores no probados (¿cuántas veces no habrá recibido el lector correos electrónicos informando que se le va a cobrar un importe por el uso del servicio de e-mail o cartas “en cadena”?) o la descarga y almacenamiento de archivos o mensajes obscenos, denigrantes o amenazantes (pornografía infantil, hoaxes como la “estafa a la nigeriana”, …).

    Una vez más se nos plantea un dilema. ¿Qué ocurre si el falso testimonio es usado para desviar la atención y evitar un daño aún mayor? Abundaremos en el tema en futuras entradas pero, por ejemplo, es a lo que se dedican empresas que “inundan” internet con información benigna sobre usuarios cuya imagen en la red ha sido dañada (por propia inconsciencia o por una tercera persona). Por otro lado, ¿es lícito propagar información falsa que beneficie a una persona? Pensemos que este beneficio puede ir en menoscabo de posibles competidores, lo que nos llevaría a pensar en nuestro primer mandamiento aunque esté siendo vulnerado de forma indirecta.

  6. No copiarás o usarás software propietario por el que no hayas pagado:
    (Thou shalt not use or copy software for which you have not paid)
    El software es un producto intelectual y como tal queda “protegido” también por el mandamiento octavo de la lista que nos ocupa. Al igual que como los libros (aunque con las peculiaridades de cada cual), la obtención de copias ilegales de software con derechos de autor podría equipararse a la fotocopia un libro con derechos de autor. En ambos casos las leyes en protegen a quienes ostentan los derechos de propiedad intelectual, por lo que queda salvaguardado de cualquier uso de estos recursos en que se viole la ley (uso, copia o transmisión no autorizada del software). La protección del software en este caso puede darse mediante la inclusión de códigos de activación, uso de hardware de protección… Las imágenes pueden contener marcas de agua y la música o películas hacer uso de tecnología DRM (Digital Rights Management).

    Frente a esto cabría preguntarse si por el software que usamos ha sido desarrollado cumpliendo con estas premisas éticas que presentamos. Las patentes de software vulneran, en ocasiones, licencias de uso de software libre sin que pueda llegar a demostrarse o permiten a las compañías apropiarse del trabajo de desarrolladores anónimos. En el coste económico del software pueden incluirse los de licencias de funcionalidades que no vayamos a usar (por ejemplo, un ordenador en un almacén con un sistema operativo de código cerrado que reproduzca formatos de audio o vídeo que nunca van a ser reproducidos y por los cuales, sin embargo, se ha pagado una cierta cantidad). ¿En ese caso es lícito que la casa de software cobre un elevado importe por su producto? ¿Hasta qué punto permitiría ser personalizado y, por tanto, ajustado su coste al usuario?

    Ante esta situación el software libre cobra una importancia crucial. Además de estar inspirado en unas sólidas bases éticas (hablaremos sobre ello en un futuro) permite a los usuarios gestionar su propio software y no permanecer atado a los intereses de una determinada empresa.

  7. No usarás los recursos computacionales de otras personas sin autorización o una compensación adecuada:(Thou shalt not use other people's computer resources without authorization)
    En este mandamiento quedarían englobadas las técnicas de hacking o el uso de información obtenida, por ejemplo, de Internet, sin hacer referencia a las fuentes y autoría de la misma.

    Un dilema ético que podrían presentarse aquí sería, por ejemplo, tener que acceder a un sistema informático ante una emergencia para prevenir daños mayores.

  8. No te apropiarás del trabajo intelectual de otras personas:
    (Thou shalt not appropriate other people's intellectual output)
    Engloba aspectos tan variados como el plagio (apropiarse del trabajo de otros sin dar crédito a su autor), el envío de comunicaciones personales sin el consentimiento del autor (dar difusión a comunicaciones privadas) o distribuir el código fuente del software en el que está trabajando un desarrollador cuando sea, por ejemplo, para su empresa.

    Ben Fairweather, en su documento “Commentary on the Ten Commandments of Computer Ethics” (que ha constituido una fuente de inspiración para este artículo) presenta un interesante dilema: ¿qué ocurre si tiene una idea brillante que puede producir grandes beneficios sociales pero que no se tomará en serio si el verdadero autor es desconocido? Al apropiarse de su producción intelectual y ser publicada la sociedad en su conjunto se beneficiará sustancialmente. ¿Esto legitima a quien pueda darle difusión a apropiarse del trabajo? Personalmente pienso que en este caso sería más conveniente respaldar la idea de este creador anónimo mediante un adecuado mecenazgo que la ponga en valor sin restarle las debidas atribuciones.

  9. Reflexionarás sobre las consecuencias sociales del programa que estás escribiendo o el sistema que estás diseñando:
    (Thou shalt think about the social consequences of the program you write)
    Podríamos relacionarlo con el quinto mandamiento y el uso indebido de la tecnología, por ejemplo, para dar difusión a contenidos denigrantes o que puedan dañar al destinatario. Ahmet Celal Cem Say en su documento “Introduction to Computing” para un curso impartido por su departamento en la Universidad de Boğaziçi (en Estambul) presenta un ejemplo de esto último:

    For example, if you are working for an animation house, and are producing animated films for children, you are responsible for their contents. Do the animations include scenes that can be harmful to children? In the United States, the Communications Decency Act was an attempt by lawmakers to ban certain types of content from Internet websites to protect young children from harmful material. That law was struck down because it violated the free speech principles in that country's constitution. The discussion, of course, is going on.
    Aquí, a mi parecer, entramos en el campo de la responsabilidad ética (que no culpabilidad) de nuestras acciones. El debate entre los mandamientos de ética informática, el derecho de expresión o la “Hacking communities constitution” ha estado siempre presente y, por supuesto, se ofrece a múltiples interpretaciones. Sin embargo, creo que estas discusiones tienden a enriquecer la comprensión del tema siempre controvertido del alcance de los derechos y deberes de los individuos. En las referencias al final de la entrada es posible encontrar más información sobre este debate.

  10. Usarás siempre tu ordenador de forma que asegure la consideración y el respeto hacia quienes te rodean:
    (Thou shalt use a computer in ways that show consideration and respect)

    Por ejemplo, no acaparando los recursos de un sistema informático: usando todas las conexiones o el ancho de banda de una red, interfiriendo en las de los demás para conseguir mayores privilegios, etc.
Aunque sea a grandes rasgos y con las limitaciones que impone no extender demasiado una entrada que se ha alargado más de lo que habría deseado, espero que esta introducción haya resultado de vuestro interés y despierte, cómo no, un debate que será a buen seguro tan enriquecedor como interesante.

Para saber más:

miércoles, 13 de octubre de 2010

A modo de introducción


Un objetivo esencial de los profesionales de la informática es minimizar las consecuencias negativas de los sistemas informáticos, así como las amenazas a la salud y la seguridad. Cuando diseñen o implementen sus sistemas, los profesionales de la informática deben intentar garantizar que el producto de sus esfuerzos se utilizará de manera socialmente responsable, respondiendo a las necesidades sociales, y evitando efectos perjudiciales para la salud y el bienestar.

Además de un entorno social seguro, el bienestar humano incluye un medio natural seguro. Por lo tanto, los profesionales de la informática que diseñan y desarrollan sistemas deben estar alerta ante cualquier daño potencial al medio ambiente local o global.
Asociation for Computing Machinery (ACM), "Code of Ethics and Professional Conduct".
El Diccionario de la Real Academia Española define la informática como el “conjunto de conocimientos científicos y técnicas que hacen posible el tratamiento automático de la información por medio de ordenadores”. Por su concisión, y sin dejar de ser cierta, esta acepción puede inducir al lector a mantener una visión sesgada de este campo del conocimiento tecnológico que le lleve a olvidar las importantes interacciones existentes con otros ámbitos (social, medioambiental, económico…) cuando hacemos uso de ella y las repercusiones que, para mal o para bien, tendrá cada decisión que tomemos como profesionales (generadores) o usuarios (receptores) de la tecnología existente. La trascendencia de este hecho es tanto mayor cuanto lo es la expansión de la tecnología en juego y, a día de hoy, es más que evidente que la informática se manifiesta en nuestras vidas en casi cualquier acto cotidiano que llevamos a cabo. Desde la música que escuchamos en el reproductor portátil al dirigirnos a estudiar o al trabajo, el navegador GPS del coche o el ordenador que usamos para llevar a cabo actividades diarias como leer el correo electrónico, llevar la contabilidad de la empresa o, simplemente, visualizar esta bitácora, la informática está involucrada en todo momento en cada uno de estos procesos.

El alcance de la informática en la sociedad a día de hoy llega mucho más allá del tratamiento, transmisión y almacenamiento de la información, habiendo propiciado cambios en la forma de pensar y actuar de importantes sectores de la población. No hay más que pensar durante un momento en cómo accedemos actualmente a las noticias a través de Internet, a contenidos culturales como música, cine o literatura y, especialmente, cómo nuestros datos personales han entrado a formar parte de la Red mediante la adición de contenidos personales a partir de la aparición de la llamada Web 2.0, con los blogs y todo tipo de redes sociales.

Además de lo anterior, que podríamos admitir (con ciertas reservas en las que entraremos a profundizar en futuras entradas de esta recién nacida y apenas esbozada bitácora) como efectos beneficiosos de la popularización del uso de los ordenadores y la informática en nuestras sociedades, habría que tener en cuenta el incremento de actos delictivos que se apoyan en herramientas informáticas o en la ingeniería social para acceder a información especialmente sensible: la personal, sanitaria o bancaria, entre otros datos, constituye un jugoso botín para los artífices de crímenes informáticos (conocidos en ocasiones por los nombres, no necesariamente excluyentes, de “cibercrimen” y “ciberterrorismo”).

Por todo lo anterior se hace necesaria, tal vez más que nunca, adquirir concienciación y formación adecuada dentro del ámbito de la ética para posibilitar que seamos capaces de dar respuesta a los dilemas que nos irán surgiendo a usuarios y profesionales de las NTIC (Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación). Para ello, como punto de partida podríamos tomar “Los diez mandamientos de la ética informática” propuestos por el Instituto de Ética e Informática (CEI, o Computer Ethics Institute), a saber:
  1. No usarás una computadora para dañar a otros seres humanos.
  2. No interferirás en el trabajo del ordenador de otras personas.
  3. No accederás a los archivos informáticos de otros individuos.
  4. No utilizarás un ordenador para perpetrar un robo.
  5. No utilizarás un ordenador para dar falso testimonio.
  6. No copiarás o usarás software propietario por el que no hayas pagado.
  7. No usarás los recursos computacionales de otras personas sin autorización o una compensación adecuada.
  8. No te apropiarás del trabajo intelectual de otras personas.
  9. Reflexionarás sobre las consecuencias sociales del programa que estás escribiendo o el sistema que estás diseñando.
  10. Usarás siempre tu ordenador de forma que asegure la consideración y el respeto hacia quienes te rodean.
 (El original puede encontrarse en "Ten commandments of Computer Ethics").

Pero, ¿qué es la ética informática? Para J.H. Moor, “la ética informática es el análisis de la naturaleza y el impacto social de la tecnología informática y la correspondiente formulación y justificación de políticas para un uso ético de la misma”, según la describe en su artículo “What is Computer Ethics?” Esto englobaría tanto a las preocupaciones en torno al software como al hardware, incluyendo las redes de conexión de los propios equipos.

Respecto a los “mandamientos” del CEI, procederemos a estudiar su alcance y, por qué no, sus limitaciones, en la próxima entrada. De cualquier modo constituyen un punto de partida interesante sobre el que construir un enriquecedor debate sobre los aspectos que he pretendido esbozar en esta primera entrada. A partir de aquí inicio una aventura, espero que apasionante, en torno a las relaciones que se establecen entre la informática, la sociedad y el medio ambiente que, así al menos lo deseo, no transcurrirá en solitario ya que será de agradecer cualquier aportación de los lectores.

viernes, 1 de octubre de 2010

A modo de introducción

Entrada publicada originariamente en el blog Informática, sociedad y medio ambiente bajo el mismo título.


Un objetivo esencial de los profesionales de la informática es minimizar las consecuencias negativas de los sistemas informáticos, así como las amenazas a la salud y la seguridad. Cuando diseñen o implementen sus sistemas, los profesionales de la informática deben intentar garantizar que el producto de sus esfuerzos se utilizará de manera socialmente responsable, respondiendo a las necesidades sociales, y evitando efectos perjudiciales para la salud y el bienestar.

Además de un entorno social seguro, el bienestar humano incluye un medio natural seguro. Por lo tanto, los profesionales de la informática que diseñan y desarrollan sistemas deben estar alerta ante cualquier daño potencial al medio ambiente local o global.
Asociation for Computing Machinery (ACM), "Code of Ethics and Professional Conduct".
El Diccionario de la Real Academia Española define la informática como el “conjunto de conocimientos científicos y técnicas que hacen posible el tratamiento automático de la información por medio de ordenadores”. Por su concisión, y sin dejar de ser cierta, esta acepción puede inducir al lector a mantener una visión sesgada de este campo del conocimiento tecnológico que le lleve a olvidar las importantes interacciones existentes con otros ámbitos (social, medioambiental, económico…) cuando hacemos uso de ella y las repercusiones que, para mal o para bien, tendrá cada decisión que tomemos como profesionales (generadores) o usuarios (receptores) de la tecnología existente. La trascendencia de este hecho es tanto mayor cuanto lo es la expansión de la tecnología en juego y, a día de hoy, es más que evidente que la informática se manifiesta en nuestras vidas en casi cualquier acto cotidiano que llevamos a cabo. Desde la música que escuchamos en el reproductor portátil al dirigirnos a estudiar o al trabajo, el navegador GPS del coche o el ordenador que usamos para llevar a cabo actividades diarias como leer el correo electrónico, llevar la contabilidad de la empresa o, simplemente, visualizar esta bitácora, la informática está involucrada en todo momento en cada uno de estos procesos.

El alcance de la informática en la sociedad a día de hoy llega mucho más allá del tratamiento, transmisión y almacenamiento de la información, habiendo propiciado cambios en la forma de pensar y actuar de importantes sectores de la población. No hay más que pensar durante un momento en cómo accedemos actualmente a las noticias a través de Internet, a contenidos culturales como música, cine o literatura y, especialmente, cómo nuestros datos personales han entrado a formar parte de la Red mediante la adición de contenidos personales a partir de la aparición de la llamada Web 2.0, con los blogs y todo tipo de redes sociales.

Además de lo anterior, que podríamos admitir (con ciertas reservas en las que entraremos a profundizar en futuras entradas de esta recién nacida y apenas esbozada bitácora) como efectos beneficiosos de la popularización del uso de los ordenadores y la informática en nuestras sociedades, habría que tener en cuenta el incremento de actos delictivos que se apoyan en herramientas informáticas o en la ingeniería social para acceder a información especialmente sensible: la personal, sanitaria o bancaria, entre otros datos, constituye un jugoso botín para los artífices de crímenes informáticos (conocidos en ocasiones por los nombres, no necesariamente excluyentes, de “cibercrimen” y “ciberterrorismo”).

Por todo lo anterior se hace necesaria, tal vez más que nunca, adquirir concienciación y formación adecuada dentro del ámbito de la ética para posibilitar que seamos capaces de dar respuesta a los dilemas que nos irán surgiendo a usuarios y profesionales de las NTIC (Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación). Para ello, como punto de partida podríamos tomar “Los diez mandamientos de la ética informática” propuestos por el Instituto de Ética e Informática (CEI, o Computer Ethics Institute), a saber:
  1. No usarás una computadora para dañar a otros seres humanos.
  2. No interferirás en el trabajo del ordenador de otras personas.
  3. No accederás a los archivos informáticos de otros individuos.
  4. No utilizarás un ordenador para perpetrar un robo.
  5. No utilizarás un ordenador para dar falso testimonio.
  6. No copiarás o usarás software propietario por el que no hayas pagado.
  7. No usarás los recursos computacionales de otras personas sin autorización o una compensación adecuada.
  8. No te apropiarás del trabajo intelectual de otras personas.
  9. Reflexionarás sobre las consecuencias sociales del programa que estás escribiendo o el sistema que estás diseñando.
  10. Usarás siempre tu ordenador de forma que asegure la consideración y el respeto hacia quienes te rodean.
 (El original puede encontrarse en "Ten commandments of Computer Ethics").

Pero, ¿qué es la ética informática? Para J.H. Moor, “la ética informática es el análisis de la naturaleza y el impacto social de la tecnología informática y la correspondiente formulación y justificación de políticas para un uso ético de la misma”, según la describe en su artículo “What is Computer Ethics?” Esto englobaría tanto a las preocupaciones en torno al software como al hardware, incluyendo las redes de conexión de los propios equipos.

Respecto a los “mandamientos” del CEI, procederemos a estudiar su alcance y, por qué no, sus limitaciones, en la próxima entrada. De cualquier modo constituyen un punto de partida interesante sobre el que construir un enriquecedor debate sobre los aspectos que he pretendido esbozar en esta primera entrada. A partir de aquí inicio una aventura, espero que apasionante, en torno a las relaciones que se establecen entre la informática, la sociedad y el medio ambiente que, así al menos lo deseo, no transcurrirá en solitario ya que será de agradecer cualquier aportación de los lectores.